
BASES DE CONCURSO
¡Lanco te ayuda con los gastos de marzo!
LANCO & HARRIS SURAMÉRICA SpA, rol único tributario número 76.937.127-3, representada
legalmente por don LUIS MAURICIO ÓRDENES VILLALOBOS, cédula de identidad N°13.282.860-1,
ambos con domicilio para estos efectos en calle Chorrillos Uno, sitio 19 B, Comuna de Lampa, es el
organizador (en adelante también el “Organizador” o “Lanco”) del concurso “Lanco te ayuda con
los gastos de marzo” (en adelante también el “Concurso” o la “Promoción”), el que se desarrollará
conforme a las siguientes bases (en adelante también las “Bases”):
PRIMERO: ANTECEDENTES GENERALES.
LANCO & HARRIS SURAMÉRICA SpA ha organizado el concurso “Lanco te ayuda con los gastos de
marzo”, consistente en el sorteo de 28 Premios. La finalidad del Concurso es premiar a los clientes
que compren productos elaborados y comercializados por Lanco durante la vigencia del Concurso.
SEGUNDO: CONTENIDO Y MECÁNICA.
Podrán participar en el concurso aquellas personas naturales con cédula de identidad chilena que
cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) Que hayan adquiridos productos de la marca
LANCO en cualquier tienda física, en la tienda en línea o en los distribuidores autorizados del
Organizador; (ii) Completar íntegramente el formulario dispuesto por Lanco para estos efectos y
subirlo con la boleta o factura de la compra a la plataforma habilitada por el organizador; y (iii) No
ser alguna de las personas señaladas en la cláusula décima de las Bases (en adelante también los
“Participantes”).
Los Participantes deberán escanear el código QR que se encontrará en la página web [], para entrar al link del Concurso y con ello subir el formulario referido precedentemente y la boleta o factura de la compra. En el caso que los Participantes hayan comprado productos Lanco en Sodimac S.A., deberán completar un formulario distinto al resto de los Participantes que se encontrará disponible en la página web [].
TERCERO: VIGENCIA.
El Concurso se desarrollará entre los días 15 de marzo de 2023 y 30 de abril de 2023 (ambos días
inclusive). No se recibirán formularios con posterioridad a esta fecha, aun cuando los Participantes
hubieren comprado productos Lanco durante la vigencia del Concurso, pero dieron cumplimiento
al requisito (ii) de la cláusula segunda precedente fuera de plazo. Lo anterior es sin perjuicio que el
Organizador decida extender el plazo de vigencia, caso en el cual informará oportuna y
adecuadamente a los Participantes.
Con todo, el Organizador se reserva el derecho para poner término anticipado al Concurso, fundado
ello en motivos de fuerza mayor, informando al efecto a los Participantes, lo que no generará
responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de estos ni de terceros.
CUARTO: GANADORES.
Al vencimiento del plazo de vigencia, el Organizador procederá a revisar los formularios enviados
por los Participantes, con el propósito de confirmar que hayan cumplido con los requisitos
establecidos en la cláusula segunda precedente. Sobre la base de la revisión, Lanco procederá a
elegir a los ganadores del Concurso. La elección de los ganadores será efectuada a través de un
sistema aleatorio en las oficinas de Lanco ubicadas en calle Chorrillos Uno, sitio 19 B, Comuna de
Lampa, el día 21 de diciembre de 2022, a las 11:30 horas.
Se elegirá a 28 ganadores dentro de los Participantes que válidamente hayan concursado, lo que
significa 28 premios en total para el concurso.
Los ganadores y premiados serán contactados por el Organizador a más tardar el décimo quinto día
hábil posterior a la realización del sorteo, a través de correo electrónico, informando los resultados
del Concurso y las instrucciones para canjear el premio (en adelante también la “Notificación”).
Además, los resultados serán publicados en las redes sociales de Lanco. Al efecto, bastará como
medio de comunicación efectiva el correo electrónico otorgado por cada uno de los Participantes,
entendiéndose notificado en la fecha que se envió el correo e indique el sistema.
Se deja expresa constancia que los resultados del Concurso son inapelables.
QUINTO: PREMIOS.
Los premios que dispone el Organizador para entregar a los ganadores y premiados son los
siguientes:
(i) 15 gift card de $100.000;
(ii) 5 gift card de $300.000;
(iii) 5 gift card de $500.000; y
(iv) 3 gift card de $1.000.000.
Dichas gift card serán para uso en las tiendas comerciales del Organizador.
Se deja expresa constancia que cada ganador sólo obtendrá uno de los 28 premios señalados
precedentemente y podrá utilizarlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la Notificación, de lo
contrario estos perderán su vigencia.
Los premios no podrán ser cambiados por dinero en efectivo y sólo serán exigibles premio sólo
podrá ser exigido en la especie o cuerpo cierto descritos precedentemente.
SEXTO: CADUCIDAD DEL PREMIO.
En caso que, los ganadores hayan sido debidamente notificados en los términos establecidos en
estas Bases, y que alguno no hiciera uso del premio dentro del plazo señalado en la cláusula quinta
precedente, el Organizador queda expresamente facultado para sortear nuevamente aquel premio
no utilizado dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha de vencimiento
del premio original. En este caso, se realizará un nuevo y único sorteo.
El nuevo sorteo se sujetará a los mismos términos y condiciones establecidos en estas bases.
SÉPTIMO: ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
La participación en el Concurso implica el conocimiento y aceptación de estas Bases. Cualquier
violación a éstas o a los procedimientos o sistemas establecidos por el Organizador para la
participación en este Concurso, implicará la inmediata exclusión de la competencia y/o la pérdida o
revocación de los premios.
Los Participantes se obligan desde ya a que, en caso de resultar ganadores o premiados, autorizan
expresamente al Organizador para difundir sus nombres, datos personales e imágenes, por los
medios y en la forma que considere conveniente. Esta difusión se hará con fines publicitarios y con
el propósito de informar sobre los resultados del Concurso, sin tener derecho por ello a recibir
compensación alguna.
La negativa de un ganador o premiado a otorgar esta autorización, lo inhabilitará para exigir la
entrega de su premio, quedando impedido de efectuar reclamo alguno en contra del Organizador.
OCTAVO: RESPONSABILIDAD.
El Organizador no responderá por caso fortuito o fuerza mayor, cuestión que se entiende aceptada
por todos los Participantes desde el momento de ingresar el formulario del Concurso en la
plataforma dispuesta para estos efectos por Lanco.
Los Participantes liberan de cualquier responsabilidad al Organizador, sus filiales, subsidiarias,
controladores y/o partes relacionadas, por los problemas técnicos o de sistema que pudieran
presentarse durante el desarrollo del Concurso.
Si por cualquier circunstancia no fuese posible desarrollar el Concurso en los términos antes
indicados, de manera enunciativa, más no limitativa, debido a algún virus de computadora, mal uso
del sistema, intervención humana, frauda, fallas técnicas, fallas en el sistema de captura de datos o
cualesquiera otras causas fuera del control del Organizador, que afecten la administración,
seguridad, imparcialidad, integridad o desarrollo adecuado del Concurso, el Organizador se reserva
el derecho a su discreción, de modificar o posponer el Concurso, en cuyo caso, se notificará dicha
circunstancia a los Participantes mediante un aviso en la página oficial de los distribuidores
participantes en esta dinámica.
NOVENO: TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
Los datos entregados por los Participantes serán destinados sólo para fines de contacto y para envío
de emailings de otras promociones. Los participantes autorizarán el uso y almacenamiento de los
datos antes referidos, que serán utilizados por Lanco, u otros terceros autorizados por este,
únicamente para los efectos del desarrollo del Concurso, la entrega de los premios y envío de
comunicaciones de carácter informativo relativas al Concurso. Los datos entregados a Lanco no
serán puestos en conocimiento del público, salvo en los casos descritos en la cláusula séptima de
las Bases.
DÉCIMO: RESTRICCIONES.
Sólo podrán participar del Concurso aquellas personas que no sean trabajadores dependientes de
Lanco & Harris Suramérica SpA, ni su cónyuge, conviviente civil, hijos, y familiares por
consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de parentesco en línea colateral y en línea recta, y
que hayan cumplido con los requisitos señalados en la cláusula segunda de estas Bases.
DÉCIMO PRIMERO: PROTOCOLIZACIÓN.
Se deja constancia que copia del presente documento será protocolizado en la Notaría de don Juan
Ricardo San Martín Urrejola.
En Santiago, a 8 de marzo de 2023.
LUIS MAURICIO ÓRDENES VILLALOBOS
C.I. 13.282.860-1
Gerente General
pp. Lanco & Harris Suramérica SpA